POLÍTICA DE NO DISCRIMINACIÓN, HOSTIGAMIENTO Y ACOSO
INDUSTRIAS ZUBIRÍA S.A. de C.V.
- Declaración de compromiso
En Industrias Zubiría estamos comprometidos con garantizar un entorno de trabajo digno, seguro, respetuoso y libre de cualquier forma de discriminación, hostigamiento y acoso.
Todas las personas —sin distinción alguna— tienen derecho a desarrollarse en un ambiente basado en el respeto, la igualdad de oportunidades, la inclusión y el trato justo.
Esta política aplica a todos los trabajadores, visitantes, proveedores, clientes, directivos y cualquier persona que interactúe dentro de nuestras instalaciones o represente a la empresa en entornos externos.
- Objetivo
Establecer los principios, responsabilidades, medidas de prevención y mecanismos de denuncia que aseguren un Entorno Organizacional Favorable, libre de prácticas que vulneren la dignidad humana, tales como:
- Discriminación
- Hostigamiento
- Acoso u hostigamiento sexual
- Violencia laboral
- Abuso de autoridad
- Conductas que alteren la integridad física, psicológica, moral o social de cualquier persona
- Alcance
Esta política es de observancia obligatoria para:
- Personal sindicalizado
- Personal no sindicalizado
- Líderes, jefes, coordinadores, gerentes y directores
- Becarios, practicantes y visitantes
- Proveedores y contratistas
- Cualquier persona dentro del centro de trabajo o en actividades externas relacionadas con la empresa
- Principios rectores
- Dignidad humana: Ningún comportamiento puede menoscabar el valor personal de alguien.
- Igualdad laboral: Todas las personas reciben el mismo trato y oportunidades.
- Cero tolerancia: Cualquier acto de hostigamiento, acoso o discriminación será investigado y sancionado.
- Confidencialidad: Toda denuncia será atendida con absoluta reserva.
- No represalias: Nadie podrá ser sancionado por denunciar de buena fe.
- Debida diligencia: La empresa actuará de inmediato para investigar, corregir y sancionar.
- Definiciones
5.1 Discriminación
Toda distinción, exclusión o restricción que tenga por objeto menoscabar derechos por razones de:
raza, color, sexo, género, edad, estado civil, embarazo, religión, opinión, nacionalidad, orientación sexual, discapacidad, condiciones de salud, apariencia física, origen étnico o cualquier otra condición personal.
5.2 Hostigamiento
Ejercicio del poder en una relación de subordinación real, expresado en conductas verbales, físicas o ambas, que dañan la dignidad, integridad o estabilidad emocional de la persona trabajadora.
5.3 Acoso (incluye acoso sexual)
Conducta indeseada que, sin existir subordinación, genera intimidación, incomodidad, humillación o un ambiente hostil. Incluye solicitudes de favores, insinuaciones, contacto físico no deseado, gestos, mensajes o cualquier acto de connotación sexual.
5.4 Violencia laboral
Acto u omisión que perjudica la estabilidad psicológica, física o moral de una persona dentro del trabajo. Incluye maltrato, humillaciones, gritos, amenazas, insultos, exclusiones, sabotaje laboral, entre otros.
- Comportamientos prohibidos
Queda estrictamente prohibido en Industrias Zubiría:
- Comentarios ofensivos, burlas, humillaciones o apodos denigrantes
- Gritos, amenazas, intimidación o abuso de autoridad
- Difusión de rumores que dañen la reputación
- Aislar deliberadamente a una persona o impedir su desarrollo laboral
- Solicitar favores sexuales a cambio de beneficios
- Realizar tocamientos, insinuaciones, gestos obscenos o acercamientos sin consentimiento
- Enviar mensajes, imágenes o videos con contenido sexual
- Establecer relaciones amorosas o de índole íntimo dentro de áreas operativas donde afecte el clima laboral
- Cualquier represalia contra quien denuncie
(Estos puntos se desprenden y se alinean a diversas prohibiciones y obligaciones observadas en el RIT.)
- Responsabilidades
7.1 De la Empresa
- Promover y garantizar un entorno laboral seguro, digno y libre de violencia.
- Atender de inmediato cualquier denuncia.
- Emitir sanciones conforme a la normativa aplicable.
- Difundir esta política en web, onboarding, inducción y murales digitales.
- Capacitar periódicamente al personal.
7.2 De líderes y jefaturas
- Fomentar respeto, trato digno y prácticas inclusivas.
- Ser ejemplo y vigilar que no se presenten conductas prohibidas.
- Reportar incidentes de inmediato a Capital Humano.
7.3 De los trabajadores
- Respetar a todos los compañeros y superiores.
- Abstenerse de realizar cualquier conducta señalada como prohibida.
- Reportar situaciones que violen esta política.
- Colaborar en las investigaciones cuando así se requiera.
- Canales de denuncia
Industrias Zubiría pone a disposición los siguientes canales confidenciales:
Correo de Capital Humano:
Buzón físico de quejas ubicado en accesos principales.
Formulario interno (para trabajadores operativos) disponible en la oficina de CH.
Las denuncias pueden ser anónimas.
- Proceso de atención
- Recepción de reporte por cualquiera de los canales.
- Registro confidencial en expediente de incidencia.
- Investigación imparcial con entrevistas, evidencias y análisis.
- Determinación de medidas: preventivas, correctivas y disciplinarias.
- Resolución y comunicación a las partes involucradas.
- Seguimiento para garantizar que no existan represalias.
- Sanciones
Las conductas que violen esta política se sancionarán según su gravedad, considerando la LFT y el Reglamento Interior de Trabajo. Las sanciones pueden incluir:
- Amonestación verbal
- Amonestación escrita
- Suspensión
- Separación del puesto
- Baja definitiva
- Acciones legales, en caso de faltas graves
- Difusión
Esta política será publicada y siempre visible en:
- Página oficial de Industrias Zubiría
- Murales de comunicación
- Inducción a nuevo ingreso
- Izu TV
- Gaceta IZU
- Manuales internos de cultura, clima y SGC
- Vigencia
La presente política entra en vigor el día de su publicación en la web y será revisada anualmente o antes, si la legislación o las necesidades de la empresa lo requieren.