Saltar al contenido

Industrias Zubiria

POLÍTICA DE NO DISCRIMINACIÓN, HOSTIGAMIENTO Y ACOSO

INDUSTRIAS ZUBIRÍA S.A. de C.V.

    1. Declaración de compromiso

En Industrias Zubiría estamos comprometidos con garantizar un entorno de trabajo digno, seguro, respetuoso y libre de cualquier forma de discriminación, hostigamiento y acoso.
Todas las personas —sin distinción alguna— tienen derecho a desarrollarse en un ambiente basado en el respeto, la igualdad de oportunidades, la inclusión y el trato justo.
Esta política aplica a todos los trabajadores, visitantes, proveedores, clientes, directivos y cualquier persona que interactúe dentro de nuestras instalaciones o represente a la empresa en entornos externos.

    1. Objetivo

Establecer los principios, responsabilidades, medidas de prevención y mecanismos de denuncia que aseguren un Entorno Organizacional Favorable, libre de prácticas que vulneren la dignidad humana, tales como:

  • Discriminación
  • Hostigamiento
  • Acoso u hostigamiento sexual
  • Violencia laboral
  • Abuso de autoridad
  • Conductas que alteren la integridad física, psicológica, moral o social de cualquier persona
    1. Alcance

Esta política es de observancia obligatoria para:

  • Personal sindicalizado
  • Personal no sindicalizado
  • Líderes, jefes, coordinadores, gerentes y directores
  • Becarios, practicantes y visitantes
  • Proveedores y contratistas
  • Cualquier persona dentro del centro de trabajo o en actividades externas relacionadas con la empresa
    1. Principios rectores
  • Dignidad humana: Ningún comportamiento puede menoscabar el valor personal de alguien.
  • Igualdad laboral: Todas las personas reciben el mismo trato y oportunidades.
  • Cero tolerancia: Cualquier acto de hostigamiento, acoso o discriminación será investigado y sancionado.
  • Confidencialidad: Toda denuncia será atendida con absoluta reserva.
  • No represalias: Nadie podrá ser sancionado por denunciar de buena fe.
  • Debida diligencia: La empresa actuará de inmediato para investigar, corregir y sancionar.
    1. Definiciones

5.1 Discriminación

Toda distinción, exclusión o restricción que tenga por objeto menoscabar derechos por razones de:
raza, color, sexo, género, edad, estado civil, embarazo, religión, opinión, nacionalidad, orientación sexual, discapacidad, condiciones de salud, apariencia física, origen étnico o cualquier otra condición personal.

5.2 Hostigamiento

Ejercicio del poder en una relación de subordinación real, expresado en conductas verbales, físicas o ambas, que dañan la dignidad, integridad o estabilidad emocional de la persona trabajadora.

5.3 Acoso (incluye acoso sexual)

Conducta indeseada que, sin existir subordinación, genera intimidación, incomodidad, humillación o un ambiente hostil. Incluye solicitudes de favores, insinuaciones, contacto físico no deseado, gestos, mensajes o cualquier acto de connotación sexual.

5.4 Violencia laboral

Acto u omisión que perjudica la estabilidad psicológica, física o moral de una persona dentro del trabajo. Incluye maltrato, humillaciones, gritos, amenazas, insultos, exclusiones, sabotaje laboral, entre otros.

    1. Comportamientos prohibidos

Queda estrictamente prohibido en Industrias Zubiría:

  • Comentarios ofensivos, burlas, humillaciones o apodos denigrantes
  • Gritos, amenazas, intimidación o abuso de autoridad
  • Difusión de rumores que dañen la reputación
  • Aislar deliberadamente a una persona o impedir su desarrollo laboral
  • Solicitar favores sexuales a cambio de beneficios
  • Realizar tocamientos, insinuaciones, gestos obscenos o acercamientos sin consentimiento
  • Enviar mensajes, imágenes o videos con contenido sexual
  • Establecer relaciones amorosas o de índole íntimo dentro de áreas operativas donde afecte el clima laboral
  • Cualquier represalia contra quien denuncie

(Estos puntos se desprenden y se alinean a diversas prohibiciones y obligaciones observadas en el RIT.)

    1. Responsabilidades

7.1 De la Empresa

  • Promover y garantizar un entorno laboral seguro, digno y libre de violencia.
  • Atender de inmediato cualquier denuncia.
  • Emitir sanciones conforme a la normativa aplicable.
  • Difundir esta política en web, onboarding, inducción y murales digitales.
  • Capacitar periódicamente al personal.

7.2 De líderes y jefaturas

  • Fomentar respeto, trato digno y prácticas inclusivas.
  • Ser ejemplo y vigilar que no se presenten conductas prohibidas.
  • Reportar incidentes de inmediato a Capital Humano.

7.3 De los trabajadores

  • Respetar a todos los compañeros y superiores.
  • Abstenerse de realizar cualquier conducta señalada como prohibida.
  • Reportar situaciones que violen esta política.
  • Colaborar en las investigaciones cuando así se requiera.
    1. Canales de denuncia

Industrias Zubiría pone a disposición los siguientes canales confidenciales:

Correo de Capital Humano:

agomez@industriaszubiria.com

Buzón físico de quejas ubicado en accesos principales.

Formulario interno (para trabajadores operativos) disponible en la oficina de CH.

Las denuncias pueden ser anónimas.

    1. Proceso de atención
  1. Recepción de reporte por cualquiera de los canales.
  1. Registro confidencial en expediente de incidencia.
  1. Investigación imparcial con entrevistas, evidencias y análisis.
  1. Determinación de medidas: preventivas, correctivas y disciplinarias.
  1. Resolución y comunicación a las partes involucradas.
  1. Seguimiento para garantizar que no existan represalias.
    1. Sanciones

Las conductas que violen esta política se sancionarán según su gravedad, considerando la LFT y el Reglamento Interior de Trabajo. Las sanciones pueden incluir:

  • Amonestación verbal
  • Amonestación escrita
  • Suspensión
  • Separación del puesto
  • Baja definitiva
  • Acciones legales, en caso de faltas graves
    1. Difusión

Esta política será publicada y siempre visible en:

  • Página oficial de Industrias Zubiría
  • Murales de comunicación
  • Inducción a nuevo ingreso
  • Izu TV
  • Gaceta IZU
  • Manuales internos de cultura, clima y SGC
    1. Vigencia

La presente política entra en vigor el día de su publicación en la web y será revisada anualmente o antes, si la legislación o las necesidades de la empresa lo requieren.